La entrada en vigencia del nuevo Código Penal de la República Dominicana este 3 de agosto de 2026 ha generado una de las preguntas jurídicas más frecuentes de las últimas semanas: ¿qué ley se aplicará a una persona que cometió un delito antes de esa fecha?

La respuesta general es que será juzgada con el Código Penal que estaba vigente al momento de cometer el hecho, es decir, el antiguo código de 1884, salvo que el nuevo texto resulte más favorable para el imputado. Así lo establece el principio de irretroactividad de la ley penal desfavorable, reconocido por la Constitución dominicana y por los principios generales del derecho penal.