La Junta Central Electoral estableció que queda prohibida la publicación y difusión de encuestas o sondeos de opinión con fines electorales antes de julio de 2027, como parte del procedimiento para regular a las firmas encuestadoras interesadas en participar en procesos vinculados a las próximas elecciones.
La medida fue dada a conocer este jueves y forma parte de las disposiciones contenidas en la Ley 20-23 del Régimen Electoral, que otorga a la JCE la facultad de supervisar y controlar los estudios de opinión utilizados en campañas políticas.
De acuerdo con la resolución, ninguna empresa o firma podrá divulgar estudios relacionados con preferencias electorales hasta la fecha establecida por el órgano comicial. La intención, según explica la institución, es garantizar transparencia, equidad y evitar la manipulación de la opinión pública fuera de los plazos autorizados.
La JCE también recordó que las encuestadoras deberán registrarse formalmente y cumplir una serie de requisitos técnicos y legales para poder operar durante el proceso electoral. Entre esos requerimientos figuran la identificación de responsables, metodología utilizada y mecanismos de financiamiento.
En procesos anteriores, el organismo ya había aplicado restricciones similares. Durante las elecciones de 2024, por ejemplo, la legislación prohibió publicar encuestas ocho días antes de las votaciones.
La disposición ha generado debate en sectores políticos y mediáticos, especialmente por el impacto que tienen los sondeos en la percepción pública y en las estrategias de campaña rumbo a las elecciones presidenciales y congresuales venideras.